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MONZON, ROMINA GISELA c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora promovió demanda por incapacidad laboral derivada de COVID-19. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia al ajustar la aplicación de intereses al crédito indemnizatorio.

Intereses Incapacidad laboral Deuda de valor Riesgos del trabajo Covid 19 Actualizacion por ripte

Cobro de prestaciones dinerarias por incapacidad laboral derivada de COVID-19

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la incapacidad psicológica del 13% determinada en primera instancia, pero modificó el cálculo de intereses, disponiendo que se aplique la actualización por RIPTE y un interés del 6% anual sobre el capital actualizado desde la fecha del accidente. La Cámara señaló que el DNU 669/2019 establece un mecanismo de actualización por RIPTE, que constituye una excepción a la prohibición general de indexación, por tratarse de una ley especial posterior. Respecto a los intereses, determinó que al tratarse de una deuda de valor, corresponde aplicar un interés puro del 6% anual como compensación por la privación del capital, desde la fecha del accidente hasta la liquidación.

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