SINDICATO DE PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DE CASINOS Y ENTRETENIMIENTOS c/ MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO DE LA NACION Y OTRO s/LEY DE ASOC.SINDICALES
El Sindicato de Personal Jerárquico y Profesional de Casinos y Entretenimientos reclama la inscripción gremial. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ordena al Ministerio de Producción y Trabajo que se pronuncie sobre la solicitud de inscripción en un plazo de 60 días.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Sindicato de Personal Jerárquico y Profesional de Casinos y Entretenimientos demandó la denegatoria tácita de inscripción gremial contra el Ministerio de Producción y Trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VI, declaró la existencia de mora administrativa y ordenó al Ministerio que se pronuncie sobre la solicitud de inscripción gremial en un plazo de 60 días hábiles, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 17 del decreto 1285/58. Asimismo, impuso las costas del litigio por su orden y fijó los honorarios de representación y patrocinio de la entidad sindical en el equivalente a 10 uma. La Cámara consideró que el legislador le concede potestad jurisdiccional para entender en los supuestos de denegatoria tácita de inscripción gremial, y que el ordenamiento jurídico impone a los entes administrativos obrar con la debida diligencia para resolver las peticiones de los justiciables, respetando los principios de celeridad, economía, sencillez y eficacia.
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