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CERDA, ANGEL ANTONIO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó indemnización por accidente in itinere. La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia y redujo el capital de condena al excluir la aplicación del art. 3° de la ley 26.773.

Capitalizacion de intereses Accidente in itinere Ley 26 773 Responsabilidad de art Constitucionalidad

Indemnización por accidente in itinere

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia y redujo el capital de condena a $139.924,41. Excluyó la aplicación del art. 3° de la ley 26.773, por considerar que dicha norma privilegia el régimen tarifado y no impide la acción contra terceros ajenos a la relación laboral. Confirmó los intereses aplicados según el Acta 2764 de la CNAT. Rechazó declarar inconstitucional el art. 770 inc. b) del CCCN sobre capitalización de intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La ley 26.773 tiene como objetivo privilegiar el régimen tarifado, evitando que el empleador sea víctima de acciones resarcitorias comunes que el trabajador puede ejercitar contra terceros. No se justifica aplicar el art. 3° de esa ley en accidentes in itinere, donde la ART tiene menos posibilidad de control y prevención.
- El art. 770 inc. b) CCCN que autoriza una única capitalización de intereses al momento de la notificación de la demanda es válido, ya que la declaración de inconstitucionalidad debe ser una "última ratio" y no menoscabar las funciones de otros poderes.
- Los intereses fueron correctamente aplicados según el Acta 2764 de la CNAT, con una sola capitalización al momento de la notificación de la demanda.

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