OJEDA, FABIO LEANDRO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia en lo relativo a la aplicación de intereses.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia únicamente en lo relativo a la fórmula de cálculo de los intereses, aplicando lo dispuesto en las Actas Nº 2783 y 2784 de la CNAT. Confirmó el resto de lo resuelto en primera instancia, incluyendo la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto un pronunciamiento previo de esta Sala respecto a la aplicación del Acta Nº 2764 para la actualización de los créditos diferidos a condena, por lo que corresponde aplicar lo dispuesto en las Actas Nº 2783 y 2784 de la CNAT.
- En aras de la equidad, se aplica también lo normado en el art. 771 del Código Civil y Comercial, a fin de evitar un resultado desproporcionado en la actualización.
- Se confirma la regulación de honorarios a la perito médica y a los profesionales intervinientes, por considerarla razonable.
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