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BOBADILLA, DANIEL ALBERTO c/ BRIDGESTONE ARGENTINA S.A. s/ACCION DE AMPARO

El actor promovió acción de amparo por prácticas antisindicales contra su empleadora. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y limitó el reconocimiento de horas gremiales, pero confirmó la devolución de los descuentos salariales.

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Acción de amparo por prácticas antisindicales, especialmente descuentos salariales por horas dedicadas a tareas gremiales como delegado.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó que los descuentos salariales constituían una práctica antisindical, por lo que ordenó la devolución de los montos descontados, pero modificó la sentencia reduciendo el reconocimiento del crédito horario mensual a 30 horas, con posibilidad de ampliación. Revocó la aplicación de una multa por práctica desleal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que los descuentos salariales al delegado gremial por ausentarse por tareas sindicales configuraban una práctica antisindical que impedía el ejercicio de su cargo. Sin embargo, la limitación a 30 horas mensuales de crédito horario se ajusta a lo previsto en el convenio colectivo aplicable. También se revocó la multa por práctica desleal al considerarse que no se acreditaron todas las conductas denunciadas.

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