BRAVO, UBALDO RUBEN c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El trabajador Ubaldo Rubén Bravo reclamó indemnización por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y actualizó el monto de condena según el índice RIPTE.
Indemnización por accidente de trabajo sufrido el 2/6/2016
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y dispuso que el monto de condena se actualice según el índice RIPTE desde la fecha del accidente hasta la fecha de la liquidación, aplicando un interés puro del 6% anual desde el hecho dañoso y hasta la liquidación de la indemnización. Luego, se aplicará el interés de la tasa activa del Banco Nación.
Fundamentos relevantes:
- La reforma introducida por la ley 26.684 a los arts. 19 y 129 de la ley concursal mantiene la protección integral de las acreencias de las personas trabajadoras, por lo que los intereses deben calcularse hasta el efectivo pago.
- El decreto 669/2019 establece que las prestaciones por accidentes de trabajo se calculan mediante el índice RIPTE, lo que constituye un mecanismo de actualización que opera como excepción a la prohibición general de indexación.
- Corresponde aplicar una tasa de interés puro del 6% anual desde la fecha del accidente y hasta la liquidación del crédito, para compensar la privación del uso del capital.
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