TORREZ, MARCOS ALEJANDRO c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El trabajador reclamó indemnización por incapacidad laboral. La Cámara confirmó el porcentaje de incapacidad laboral determinado en primera instancia.
Indemnización por incapacidad laboral
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, que estableció un porcentaje de incapacidad laboral del 27,5%. La Cámara consideró que el dictamen pericial médico era convincente y no se observaba irrazonable ni apartado de las pautas legales. También confirmó la fecha de inicio del cómputo de intereses.
- Fundamentos:
- La fuerza probatoria del dictamen pericial debe ser estimada teniendo en cuenta la competencia del perito, los principios científicos o técnicos en que se funda, la concordancia de su aplicación con las reglas de la sana crítica, las observaciones de los letrados y los demás elementos de convicción.
- El dictamen médico luce convictivo por los argumentos científicos y técnicos que lo ilustran, sin que los agravios de la demandada sean válidos para alterarlo.
- El porcentaje de incapacidad laboral determinado (27,5%) no se observa irrazonable ni apartado de las pautas legales.
- Para justificar no seguir la opinión del experto, se deben enunciar argumentos científicos que pongan en evidencia el presunto yerro, lo cual no sucedió en este caso.
- Respecto a la fecha de inicio del cómputo de intereses, corresponde aplicar lo dispuesto por el decreto 1694/09 y la ley 26.773, dado que un pronunciamiento judicial es declarativo y no constitutivo de derechos.
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