CANTERO AVALOS, ANGELINA c/ JULIO Y OSCAR S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
La actora apeló el rechazo de su demanda por despido indirecto, pero el tribunal confirmó que se produjo el abandono de trabajo y que la extinción del vínculo fue ajustada a derecho.
Despido
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda. La Cámara consideró que se configuró el abandono de trabajo invocado por la empleadora, por lo que la extinción del vínculo fue ajustada a derecho. Si bien se tuvo en cuenta el contexto de pandemia, la actora debió haber notificado a la empleadora sus impedimentos para asistir en un plazo razonable, lo cual no acreditó. Las costas se impusieron en el orden causado.
Fundamentos relevantes:
"Pues bien, resulta acertado lo decidido en grado. Digo así, pues la accionante guardó silencio desde el 19/10/20, fecha en la que se notificó de la intimación de la empleadora, hasta el 04/11/20. Es decir que la demandante recién dio respuesta a la misiva luego de 16 días de guardar silencio. En atención a ello, la decisión de la empleadora de rescindir el vínculo por abandono de trabajo, resultó –a mi entender
- ajustado a derecho (art. 244 LCT)."
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