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NUÑEZ, YAMILA SOLEDAD c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La trabajadora promovió demanda por accidente de trabajo alegando trastorno psíquico. La Cámara modificó la sentencia y ordenó recalcular la prestación dineraria con actualización e intereses.

Intereses Incapacidad fisica Accidente de trabajo Ley de riesgos del trabajo Actualizacion Trastorno psiquico Prestacion dineraria


¿Quién es el actor?

Yamila Soledad Núñez

¿A quién se demanda?

Asociart ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Accidente de trabajo y trastorno psíquico

¿Qué se resolvió?

Se confirma la incapacidad física del 7%, pero se modifica la sentencia en materia de intereses. Se ordena recalcular la prestación dineraria con actualización por RIPTE e intereses. Los jueces señalaron que para que exista daño psíquico debe mediar una perturbación patológica de la personalidad, y que en el caso el trauma fue leve sin secuelas trascendentales. En cuanto a los intereses, se deja sin efecto la capitalización impuesta y se ordena recalcular la prestación dineraria actualizándola por RIPTE desde la fecha del accidente hasta la liquidación, más un interés puro del 6% anual. En caso de mora, se aplicará lo dispuesto en el art. 770 del CCCN.

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