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MARECOS BORJA, EUSTACIA c/ ASOCIART S.A ART s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La trabajadora apela la sentencia que rechazó su demanda por accidente in itinere. La Cámara confirma el rechazo al considerar que no se acreditó la incapacidad psíquica reclamada.

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Demanda por accidente in itinere, con incapacidad psíquica.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda. Fundamentación:
- Los jueces consideraron que si bien el peritaje psicológico determinó un 10% de incapacidad psíquica, esa minusvalía está relacionada con la compleja historia personal de la actora, y no con el accidente laboral.
- Señalan que la ausencia de incapacidad física lleva a concluir que tampoco existió una incapacidad psicológica derivada del accidente, dado que esta se reclamó como consecuencia del padecimiento físico y no de forma autónoma.
- Sostienen que los médicos sólo sugieren la incapacidad, pero es el tribunal quien la determina en base a todo el expediente, pudiendo apartarse de la pericia si encuentra argumentos sólidos.

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