MARECOS BORJA, EUSTACIA c/ ASOCIART S.A ART s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La trabajadora apela la sentencia que rechazó su demanda por accidente in itinere. La Cámara confirma el rechazo al considerar que no se acreditó la incapacidad psíquica reclamada.
Demanda por accidente in itinere, con incapacidad psíquica.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda.
Fundamentación:
- Los jueces consideraron que si bien el peritaje psicológico determinó un 10% de incapacidad psíquica, esa minusvalía está relacionada con la compleja historia personal de la actora, y no con el accidente laboral.
- Señalan que la ausencia de incapacidad física lleva a concluir que tampoco existió una incapacidad psicológica derivada del accidente, dado que esta se reclamó como consecuencia del padecimiento físico y no de forma autónoma.
- Sostienen que los médicos sólo sugieren la incapacidad, pero es el tribunal quien la determina en base a todo el expediente, pudiendo apartarse de la pericia si encuentra argumentos sólidos.
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