PALMA, MARIANA SOLEDAD c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia y dejó las costas por su orden por las particularidades del caso.
¿Quién es el actor?
Mariana Soledad Palma
¿A quién se demanda?
Federación Patronal Seguros S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia, dejando las costas por su orden debido a que la demandada reconoció la asistencia médica hasta el alta y el trabajador pudo considerarse con derecho a reclamar como lo hizo. Confirmó los honorarios de la médica perito.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En atención a que está reconocido por la demandada la denuncia del siniestro de autos y la asistencia médica hasta el otorgamiento del alta sin incapacidad (v. contestación de demanda del 10/02/2022), y ante las particularidades de autos, el trabajador pudo considerarse con derecho a reclamar como lo hizo, por lo que corresponde modificar lo dispuesto en primera instancia e imponerlas por su orden (art. 68, 2da. parte CPCC)." "En atención a la extensión y la calidad de las labores desplegadas en primera instancia, y las pautas arancelarias vigentes (art. 38 LO, ley 27.423), los mencionados emolumentos no son reducidos, por lo que sugiero confirmarlos."
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