OTEGUI, LUCIANA SOLEDAD c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora reclamó indemnización por incapacidad psicofísica. La Cámara redujo el monto indemnizatorio al considerar sólo la afección física.
Indemnización por incapacidad psicofísica derivada de un accidente
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto indemnizatorio al 30% de incapacidad física, desestimando el reclamo por afección psicológica al no haber sido sometido a evaluación médica. Confirmó lo demás resuelto en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- No corresponde pronunciarse sobre la incapacidad psicológica del 10% reclamada, ya que no fue sometida a evaluación ante las Comisiones Médicas.
- Sí corresponde indemnizar la afección en la rodilla izquierda, establecida en el 30% de incapacidad.
- El monto indemnizatorio se fijó en $9.444.679,56, con los intereses correspondientes.
- Se mantuvieron las costas a cargo de la demandada.
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