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OTEGUI, LUCIANA SOLEDAD c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora reclamó indemnización por incapacidad psicofísica. La Cámara redujo el monto indemnizatorio al considerar sólo la afección física.

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Indemnización por incapacidad psicofísica derivada de un accidente

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto indemnizatorio al 30% de incapacidad física, desestimando el reclamo por afección psicológica al no haber sido sometido a evaluación médica. Confirmó lo demás resuelto en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- No corresponde pronunciarse sobre la incapacidad psicológica del 10% reclamada, ya que no fue sometida a evaluación ante las Comisiones Médicas.
- Sí corresponde indemnizar la afección en la rodilla izquierda, establecida en el 30% de incapacidad.
- El monto indemnizatorio se fijó en $9.444.679,56, con los intereses correspondientes.
- Se mantuvieron las costas a cargo de la demandada.

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