OLIVA, ROQUE HERNAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y redujo el porcentaje de incapacidad psicológica indemnizable.
Indemnización por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el porcentaje de incapacidad psicológica indemnizable del 15% al 10% de la T.O. Confirmó el 11% de incapacidad física. En total, fijó una incapacidad psicofísica indemnizable del 23,52% de la T.O.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara consideró que, conforme los lineamientos del Decreto 659/96, la afección psicológica se corresponde con una minoración del 10% de la T.O. y no del 15% fijado en primera instancia.
- Aplicó el índice RIPTE para actualizar el Ingreso Base Mensual a la fecha del siniestro.
- Respecto a los intereses, mantuvo la aplicación del RIPTE para la actualización del IBM, pero aplicó adicionalmente un interés moratorio del 6% anual.
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