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OLIVA, ROQUE HERNAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y redujo el porcentaje de incapacidad psicológica indemnizable.

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Indemnización por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el porcentaje de incapacidad psicológica indemnizable del 15% al 10% de la T.O. Confirmó el 11% de incapacidad física. En total, fijó una incapacidad psicofísica indemnizable del 23,52% de la T.O.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que, conforme los lineamientos del Decreto 659/96, la afección psicológica se corresponde con una minoración del 10% de la T.O. y no del 15% fijado en primera instancia.
- Aplicó el índice RIPTE para actualizar el Ingreso Base Mensual a la fecha del siniestro.
- Respecto a los intereses, mantuvo la aplicación del RIPTE para la actualización del IBM, pero aplicó adicionalmente un interés moratorio del 6% anual.

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