CAMPOS LOBATON, MARIA BERTHA c/ FEDERACION PATRONAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora promovió demanda por incapacidad psicológica derivada de un accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que hizo lugar al reclamo, pero ordenó que la indemnización sea liquidada en la instancia judicial.
¿Quién es el actor?
MARIA BERTHA CAMPOS LOBATON
¿A quién se demanda?
FEDERACION PATRONAL ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reconocimiento de incapacidad psicológica y liquidación de la indemnización correspondiente.
- Decisión del tribunal:
- La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar al recurso de la actora, desestimando la incapacidad psicológica.
- La Cámara consideró que la actora no logró rebatir los fundamentos técnicos y científicos de la sentencia de primera instancia, que descartó el nexo causal entre el daño psíquico y las tareas laborales.
- Sin embargo, la Cámara ordenó que la indemnización se liquide en sede judicial, siguiendo los lineamientos del art. 11 de la Ley 27.348, que establece la forma de cálculo del ingreso base y la aplicación de intereses.
Fundamentos principales:
- La jueza de primera instancia había desestimado el reclamo por incapacidad psicológica porque no formó parte del reclamo administrativo previo y porque no se acreditó el nexo causal con las tareas laborales.
- La Cámara consideró que los agravios de la actora solo manifestaban disconformidad con lo resuelto, sin una crítica concreta y razonada de los argumentos de la sentencia.
- La Cámara señaló que el informe pericial no brindaba afirmaciones categóricas sobre la incapacidad psicológica, sino meras hipótesis o suposiciones.
- Respecto a la liquidación, la Cámara ordenó tener en cuenta la planilla de AFIP obrante en autos y aplicar los intereses según lo previsto en el art. 11 de la Ley 27.348.
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