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ACOSTA, MARCELO RAMON c/ SEA SERVICIOS EMPRESARIOS ARGENTINOS S.A. s/DESPIDO

El actor apeló sentencia de primera instancia sobre indemnización por despido. La Cámara modificó el cálculo de intereses por el crédito laboral.

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Indemnización por despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en cuanto a los intereses del crédito laboral adeudado. Estableció que los intereses se calcularán según la tasa CER más 6% anual, con una única capitalización, desde la fecha de exigibilidad hasta el efectivo pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que correspondía aplicar el criterio establecido en el Acta N° 2783 de la CNAT del 13/3/2024, que dispuso adecuar los créditos laborales a la tasa CER más 6% anual.
- En atención a la modificación de la condena, la Cámara dejó sin efecto lo resuelto sobre costas y honorarios, y los adecuó al resultado del proceso.

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