ACOSTA, MARCELO RAMON c/ SEA SERVICIOS EMPRESARIOS ARGENTINOS S.A. s/DESPIDO
El actor apeló sentencia de primera instancia sobre indemnización por despido. La Cámara modificó el cálculo de intereses por el crédito laboral.
Indemnización por despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en cuanto a los intereses del crédito laboral adeudado. Estableció que los intereses se calcularán según la tasa CER más 6% anual, con una única capitalización, desde la fecha de exigibilidad hasta el efectivo pago.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara consideró que correspondía aplicar el criterio establecido en el Acta N° 2783 de la CNAT del 13/3/2024, que dispuso adecuar los créditos laborales a la tasa CER más 6% anual.
- En atención a la modificación de la condena, la Cámara dejó sin efecto lo resuelto sobre costas y honorarios, y los adecuó al resultado del proceso.
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