JEREZ, DIEGO LEONCIO c/ LOCSYS SEGURIDAD SA Y OTROS s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido y cuestiona la decisión de primera instancia que rechazó el reclamo de indemnización prevista en el art. 132 bis de la LCT. La Cámara confirma la sentencia apelada.
Indemnización por retención y no depósito oportuno de aportes (art. 132 bis LCT); extensión de responsabilidad solidaria a las codemandadas; imposición de costas
¿Qué se resolvió?
- Se rechaza el reclamo por indemnización del art. 132 bis LCT, ya que no se acreditó la retención y falta de depósito de aportes.
- Se confirma la falta de responsabilidad solidaria extendida a las codemandadas, por no haberse precisado debidamente el marco fáctico y jurídico.
- Se modifica parcialmente la sentencia para imponer las costas por las acciones contra Agua y Saneamientos Argentinos S.A. y Seguridad Grupo Maipú S.A. en el orden causado.
- Se confirman los honorarios fijados a la perito contadora.
Fundamentos principales:
- Para que proceda la sanción del art. 132 bis LCT deben cumplirse dos requisitos: 1) retención de aportes por el empleador; y 2) omisión de ingreso oportuno. En el caso, los aportes y contribuciones fueron debidamente abonados.
- La extensión de responsabilidad solidaria fue rechazada por falta de desarrollo del marco fáctico y jurídico en la demanda, afectando el principio de defensa.
- Se modificaron las costas por las acciones contra Agua y Saneamientos Argentinos S.A. y Seguridad Grupo Maipú S.A. por considerar que el actor pudo tener razón para reclamarles.
- Los honorarios de la perito contadora se consideraron equitativos y suficientemente remuneratorios.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: