OYOLA, MENDOZA SANTIAGO c/ LA SEGUNDA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor demandó por reparación sistémica, pero la Cámara modificó la sentencia al declarar las costas a su cargo por renuencia a la prueba pericial médica.
¿Quién es el actor?
Oyola Mendoza Santiago
¿A quién se demanda?
La Segunda ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reparación sistémica por accidente
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia al declarar las costas a cargo del actor vencido, por su renuencia a la producción de la prueba pericial médica. La Cámara confirmó los honorarios del perito médico. Fundamentos relevantes: "En efecto, el artículo 68 CPCCN dispone que las costas del juicio deben ser soportadas por la parte que resulte vencida. Si bien tal principio no es absoluto y puede ceder ante situaciones de excepción como las previstas en la norma ritual mencionada que facultan al juez a eximir al perdedor de la condena en costas, total o parcialmente cuando existiere mérito para ello. En el presente caso, dadas las particularidades del mismo y en especial que no fue posible la realización del informe pericial médico por cuestiones estrictamente imputables al actor, que se lo tuvo por renuente de la producción de la prueba médica y por desistida de la ofrecida (ver resolución de fecha 04/12/2023). Por ello, estimo que las costas deben ser declaradas a cargo del actor vencido."
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