LUGUERCHO, HECTOR OSMAR c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El trabajador reclamó una indemnización por riesgos del trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y ordenó recalcular la prestación dineraria considerando la actualización por índice RIPTE y la aplicación de intereses hasta el momento del pago.
Indemnización por riesgos del trabajo
¿Qué se resolvió?
Se modifica la sentencia de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La prestación dineraria debe ajustarse al momento de la liquidación, actualizando el ingreso base mensual (IBM) por el índice RIPTE desde la fecha de toma de conocimiento de la patología (5/4/2019) hasta el momento de la liquidación (art. 12 LRT).
- Se deben aplicar intereses puros del 6% anual desde la fecha de toma de conocimiento y hasta el momento de la liquidación.
- En caso de mora, se capitalizarán los intereses conforme al art. 770 del Código Civil y Comercial.
- Se imponen las costas de ambas instancias a la demandada.
- Se confirman los honorarios regulados en primera instancia, que se calcularán sobre el monto de condena actualizado.
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