LINERA, NICOLAS EZEQUIEL c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por reclamo de prestación dineraria derivada de accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y ordenó el ajuste del monto indemnizatorio según la variación del índice RIPTE.
¿Quién es el actor?
Nicolás Ezequiel Linera
¿A quién se demanda?
Galeno ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamación de prestación dineraria por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, dejando sin efecto la capitalización ordenada y disponiendo que se liquiden los intereses sobre el crédito adeudado conforme al Acta 2658/17. Asimismo, ordenó que la prestación dineraria se ajuste al momento de la liquidación según la variación del índice RIPTE y se adicionen intereses punitorios del 6% anual entre la fecha del accidente y la liquidación del art. 132 de la LO.
Fundamentos principales:
- El tribunal superior tiene una posición nominalista respecto a la actualización de créditos laborales, entendiendo que la declaración de inconstitucionalidad es una medida excepcional.
- Sin embargo, el Decreto 669/2019 estableció la obligación de actualizar los montos indemnizatorios por la vía del índice RIPTE, lo cual debe ser aplicado en el caso.
- Corresponde además fijar intereses del 6% anual desde la fecha del accidente y hasta el momento de la liquidación definitiva.
- Asimismo, en caso de mora en el pago, deberán capitalizarse los accesorios y aplicarse una tasa equivalente al promedio de la tasa activa del Banco Nación.
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