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CRUZ, DELFIN c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia y dispuso aplicar la tasa de interés CER más 6% anual.

Tasa de interes Incapacidad Accidente de trabajo Cer Cnat

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció una incapacidad del 26,46% a favor del actor, pero modificó el criterio de cálculo de intereses, disponiendo aplicar la tasa CER más 6% anual. Los fundamentos principales fueron:
- El art. 770 inc. b) del CCyCN establece que los intereses se devengan desde la notificación de la demanda.
- La CSJN ha sentado jurisprudencia en diversos fallos (Massolo, Puente Olivera, Romero, García) respecto a la metodología de cálculo de intereses, desaprobando la aplicación de tasas que no reflejen el costo real del dinero.
- Corresponde aplicar la tasa CER más 6% anual, según lo dispuesto por la Cámara Nacional del Trabajo en el Acta 2783, a fin de mantener el valor de la indemnización debida de carácter alimentario.

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