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CARVAJAL AQUINO ABEL NELSON c/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor interpuso demanda por accidente de trabajo y la Cámara Nacional de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de primera instancia en relación al cómputo de intereses y la actualización del monto de condena.

Intereses Indemnizacion Actualizacion monetaria Accidente de trabajo Incapacidad psiquica Ley de riesgos del trabajo


¿Quién es el actor?

CARVAJAL AQUINO, ABEL NELSON

¿A quién se demanda?

PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia respecto a la incapacidad psíquica del actor, pero modificó parcialmente el fallo en cuanto al inicio del cómputo de intereses y la actualización del monto de condena. La Cámara consideró que los argumentos de la demandada para cuestionar el peritaje médico que acreditó la incapacidad psíquica del actor carecían de sustento y que el hecho traumático sufrido era idóneo para generar dicha afección. En relación a los intereses, la Cámara estableció que debían computarse a partir de los 30 días posteriores al alta médica (02/12/2012), y no desde la fecha del accidente como había dispuesto la sentencia de primera instancia. Respecto a la actualización del monto de condena, la Cámara ordenó aplicar lo establecido en el Acta CNAT N° 2784 de 2024, que dispone la actualización por CER más 6% anual. Asimismo, estableció que en caso de que la aplicación de esa pauta resulte desproporcionada, corresponde aplicar la actualización por RIPTE más 7% anual, conforme al art. 771 del Código Civil y Comercial.

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