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BRIZUELA, LUIS ALBERTO c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por incapacidad laboral derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y redujo el grado de incapacidad psicológica.

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Determinar el grado de incapacidad laboral derivada de un accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y redujo el grado de incapacidad psicológica del 10% al 0%, fijando un total de incapacidad del 1,9% de la Total Obrera. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- El informe pericial no se encontraba debidamente fundado respecto a la relación causal entre el accidente y la incapacidad psicológica informada. No se acreditó de qué modo el latigazo cervical pudo haber provocado el cuadro psíquico.
- Sólo serán reconocidas las afecciones psíquicas que tengan un nexo causal específico con el accidente laboral, debiendo descartarse primero otras causas como la personalidad predisponente o factores socioeconómicos.
- En el caso, no se aportaron elementos probatorios suficientes que permitan establecer la relación causal adecuada entre el infortunio y la patología psíquica señalada.

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