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PENIDA, HERNAN ARIEL c/ SANTA GIULIA S.A. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido injustificado. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia que consideró injustificado el despido por abandono de trabajo.

Dano moral Intimacion previa Despido injustificado Abandono de trabajo Multa ley 25 323 Discriminacion por enfermedad Certificados de trabajo

Despido injustificado

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de primera instancia que consideró injustificado el despido por abandono de trabajo. Fundamentos principales:
- La demandada no cumplió con el requisito de intimación previa por escrito exigido por el art. 244 de la LCT para configurar el abandono de trabajo.
- No se acreditó el ánimo del trabajador de no reintegrarse al empleo, dado que había enviado comunicaciones informando sobre su estado de salud.
- La ruptura del vínculo se encuadró en la ley antidiscriminatoria 23.592 por razones de salud, generando la obligación de reparar el daño moral.
- Se confirmó la condena al pago de la indemnización por falta de entrega de certificados de trabajo y la multa del art. 2 de la ley 25.323.
- Los honorarios regulados a la representación letrada y pericial no se consideraron irrazonables.

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