GANDULLA, SERGIO GUSTAVO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo con incapacidad psicológica. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, adecuando la tasa de interés a aplicar sobre el capital de condena.
Accidente de trabajo con incapacidad psicológica
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el grado de incapacidad psicológica del 10% establecido en primera instancia, pero modificó la tasa de interés a aplicar sobre el capital de condena. Dispuso la adecuación del capital según la tasa CER más una tasa pura del 6% anual, con capitalización única a la fecha de notificación de la demanda.
Los principales fundamentos fueron:
- El informe pericial psicológico que acreditó el daño psíquico goza de presunción de idoneidad, por lo que corresponde mantener el grado de incapacidad fijado en primera instancia.
- Respecto a la tasa de interés, la Corte Suprema desaprobó la capitalización periódica prevista en el Acta 2764 de la Cámara, por lo que correspondía modificar ese aspecto.
- Ante la inflación significativa, se adoptó el criterio del Acta 2783 de la Cámara, que dispone adecuar los créditos según la tasa CER más una tasa pura del 6% anual, con única capitalización a la fecha de notificación de la demanda.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: