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VILLANUEVA, DIEGO GABRIEL c/ EXPERTA ART S.A. -1- s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por reclamo indemnizatorio derivado de accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y estableció los parámetros para la determinación de la prestación.

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Indemnización por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y estableció que:
- El Ingreso Base Mensual (IBM) debe actualizarse por el índice RIPTE desde la fecha del accidente y hasta la liquidación, no como se hizo en primera instancia.
- Se deberá adicionar al IBM un interés equivalente a la variación del índice RIPTE desde el mes posterior al accidente y hasta el momento de la liquidación.
- Sobre el monto total adeudado, se aplicará un interés moratorio del 8% anual.
- Al momento de la liquidación, se capitalizarán los intereses moratorios. Fundamentos principales:
- El DNU 669/19 estableció que el IBM debe actualizarse por el índice RIPTE, por lo que no corresponde aplicar la tasa sugerida por la Cámara en fallos anteriores.
- El DNU 669/19 no implica una reducción de las indemnizaciones, sino una actualización del IBM a valores de la fecha de pago, lo cual no vulnera la prohibición de indexación.
- Además del interés compensatorio que surge del cálculo del IBM con RIPTE, corresponde aplicar un interés moratorio del 8% anual para compensar los efectos de la mora.

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