RAMIREZ, MARIA VICTORIA c/ ORGANIZACION DE ESCUELAS ISRAELITAS SCHOLEM ALEIJEM s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido indirecto, pero la Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia.
Despido indirecto
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia. Determinó que la empleadora debió convocar a una junta médica ante la discrepancia de diagnósticos, y que el incumplimiento salarial revistió gravedad, por lo que la decisión resolutoria de la trabajadora se basó en causa legítima. Sin embargo, rechazó el agravio de la actora respecto al cálculo de la indemnización, por considerar el salario que efectivamente percibía al momento del distracto.
Fundamentos principales:
- La simple discrepancia de diagnósticos médicos no habilitaba a la empleadora a dejar de pagar los salarios sin convocar a una junta médica.
- El incumplimiento salarial revistió gravedad y ocasionó un serio perjuicio a la trabajadora, justificando su decisión resolutoria.
- El salario a considerar para el cálculo indemnizatorio es el efectivamente percibido al momento del distracto, y no el anterior cuando cumplía dos turnos.
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