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RAGGIO, NORMANDO RAFAEL c/ SOCIEDAD ITALIANA DE BENEFICENCIA EN BUENOS AIRES s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra su empleadora. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que consideró que el vínculo laboral fue por tiempo indeterminado y que el actor prestaba tareas como viajante de comercio, condenando a la empresa al pago de las indemnizaciones correspondientes.

Testigo unico Despido Registro laboral Viajante de comercio Ley 25 323 Contratos a plazo fijo

Indemnizaciones por despido

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia que considera que el vínculo fue por tiempo indeterminado, que el actor trabajaba como viajante de comercio y condena a la empresa al pago de las indemnizaciones. Los principales fundamentos de la decisión son:
- La Cámara consideró que la relación laboral tuvo continuidad luego de la renuncia del actor, ya que la empresa acreditó contratos a plazo fijo posteriores que encubrían una relación por tiempo indeterminado.
- Se dio plena validez al testimonio de la testigo Calderón que evidenció que el actor trabajaba como viajante de comercio, concertando ventas fuera de la sede de la empresa.
- Se confirmó la condena al pago del incremento de la indemnización por despido previsto en la Ley 25.323 ante la irregularidad registral de la relación.
- Se mantuvo la aplicación de la tasa de interés dispuesta en la instancia anterior.

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