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MAIDANA, JAVIER GONZALO c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor interpuso recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó parcialmente la decisión estableciendo una nueva metodología de cálculo de intereses.

Intereses Accidente de trabajo Tasa pura Tasa cer Capitalizacion anual

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, estableciendo que los intereses deben calcularse aplicando la tasa CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia) reglamentada por el BCRA, más una tasa pura del 6% anual, con capitalización anual únicamente sobre la tasa pura del 6%, desde la fecha de notificación de la demanda. Confirmó lo demás.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que frente a la inexistencia de una tasa de interés convenida o legalmente fijada, correspondía modificar la tasa fijada en la sentencia de primera instancia, adecuándola a los lineamientos establecidos por el fuero en el Acta N° 2783/2024, la cual dispuso que los créditos laborales sin tasa legal se calcularán aplicando la tasa CER más una tasa pura del 6% anual.

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