CARDOSO DA SILVA, MANUEL FERNANDO c/ CONSORCIO DE PROPIETARIOS VIRREY OLAGUER Y FELIU 3414 (REBELDE) s/DIFERENCIAS DE SALARIOS
El actor reclamó diferencias salariales por horas extras y adicional por acarreo de residuos. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión que hizo lugar parcialmente al reclamo.
Diferencias salariales por horas extras realizadas hasta marzo 2020 y adicional por acarreo de residuos.
¿Qué se resolvió?
La sentenciante de grado tuvo por ciertos los hechos invocados en la demanda dado el estado de rebeldía del demandado. Consideró que las horas extras reclamadas integraban la remuneración normal y habitual del actor hasta marzo 2020, y que no se acreditó el pago del adicional por acarreo de residuos. La Cámara confirmó la decisión al considerar que la expresión de agravios no constituye una crítica concreta y razonada de los argumentos esgrimidos en origen para receptar el reclamo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- "nótese que, no solo tuvo en cuenta el estado de rebeldía de la demandada, ni la presunción de veracidad que conlleva tal situación procesal (cfr. art. 71 de la L.O.) sino también lo contenido en los recibos de sueldo acompañados a la causa y la falta de acreditación del pago de los rubros reclamados, sumado a la inexistencia de prueba en contrario a su respecto."
- "no se brinda ni un solo argumento para su alteración, siendo que la sentenciante de grado indicó que "…el medio idóneo para acreditar la cancelación de las obligaciones laborales es el recibo respectivo firmado por el trabajador (cfr. art. 138 LCT) o bien las constancias bancarias del depósito (cfr. arts. 124 y 125 LCT) y, no obrando en la causa elemento alguno que pruebe el pago de las sumas correspondientes al acarreo de residuos desde el edificio al contenedor situado en la vía pública, he de tener por acreditada la deuda salarial invocada…"
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