CHURRUARIN, MAXIMILIANO EZEQUIEL c/ NOVO AUTO S.A. s/DESPIDO
El actor demandó por despido y la Cámara modificó la sentencia para adecuar el cálculo de los intereses.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda, para adecuar el cálculo de los intereses conforme a los criterios establecidos en los Actas N° 2783 y N° 2784 de la CNAT. Asimismo, dejó sin efecto lo resuelto sobre honorarios en primera instancia y los reguló de manera originaria.
Los fundamentos principales fueron:
- La Cámara consideró que los cuestionamientos de la demandada sobre el fondo del asunto no lograron desvirtuar la decisión de primera instancia, la cual estuvo adecuadamente fundada en la prueba testimonial.
- En cuanto a los intereses, la Cámara resolvió aplicar los criterios establecidos en las Actas N° 2783 y N° 2784 de la CNAT, que disponen la adecuación de los créditos diferidos a condena mediante el CER más una tasa anual del 6%. Asimismo, estableció como parámetro de referencia objetivo la actualización del valor histórico del capital de la condena mediante el índice RIPTE más una tasa del 7%, a fin de evitar un resultado desproporcionado.
- Respecto a los honorarios, la Cámara los reguló de manera originaria, estableciendo porcentajes del 18%, 16% y 8% sobre el capital e intereses de condena para la representación y patrocinio letrado de las partes y el perito contador, respectivamente.
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