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PAEZ, NOELIA EDITH c/ PREVENCION ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora reclamó indemnización por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia para adecuar el cálculo de los intereses.

Intereses Indemnizacion Accidente de trabajo Cer Cnat Oliva Borda

Indemnización por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia respecto al cálculo de los intereses. Dispuso que los intereses se calculen mediante el índice CER más un interés compensatorio del 3% anual, desde la fecha del accidente y hasta el efectivo pago, conforme a la Resolución CNAT N°3/2024 y los precedentes "Oliva" y "Borda" de la CSJN. Confirmó los restantes pronunciamientos sobre costas y honorarios. Los principales fundamentos fueron:
- En materia de intereses por prestaciones económicas en accidentes de trabajo, deben correr desde la fecha del siniestro, conforme a la ley 26.773.
- La metodología dispuesta por el Acta 2783/2024 de la CNAT y la Resolución N°3/2024, se ajusta a la inteligencia del Plenario y a los lineamientos de la CSJN en "Oliva", por lo que corresponde modificar la forma de cálculo de los intereses.
- Los honorarios regulados a la representación letrada y la perito médica se exhiben equitativos, atendiendo a la importancia, mérito y extensión de los trabajos.

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