TOBIO, GABRIEL ANTONIO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la pretensión.
Accidente laboral sufrido el 14/06/2021 al levantar un bafle acústico, que le generó hiperextensión y torsión de dedo mayor de mano derecha.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la pretensión, pero modificó el porcentaje de incapacidad fijado en primera instancia, reduciéndolo del 14,45% al 7,056% de la T.O. Asimismo, modificó los intereses dispuestos, estableciendo que el crédito devengará intereses desde la fecha del siniestro (14/06/2021) hasta la notificación del traslado del recurso de apelación (26/08/2022), momento en el cual se procederá a su acumulación al capital.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que de la patología sufrida por el actor, que no dejó secuelas graves, no se deriva un estado patológico psicológico como el manifestado. Por lo tanto, no reconoció minusvalía en la faz psíquica y fijó la incapacidad en el 7,056% de la T.O. Respecto a los intereses, la Cámara aplicó el criterio de la Sala en un precedente anterior.
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