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SCARPATO RICAGNO, XIMENA SOLEDAD c/ FARRE, MARIA FERNANDA Y OTRO s/DESPIDO

La actora demandó por despido pero la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó el rechazo de la acción por considerar que existía un contrato de locación de servicios y no un vínculo laboral dependiente.

Obra social Discapacidad Contrato de locacion de servicios Despido Vinculo laboral Docente integradora

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Sra. Scarpato Ricagno demandó a Sra. Ferré y a la empresa Edu Fran SA por despido. Relató que se desempeñaba como docente integradora del hijo menor de la Sra. Ferré, y que en septiembre de 2014 la Sra. Ferré le abonó sólo la mitad del sueldo convenido, sin abonarle los meses siguientes. La Cámara consideró que entre las partes existió un contrato de locación de servicios y no un vínculo de dependencia laboral. Señaló que la Sra. Scarpato Ricagno era contratada por la Sra. Ferré para asistir a su hijo discapacitado en el colegio, y que la tarea no se desarrollaba bajo la supervisión o control de la Sra. Ferré. Además, la remuneración era abonada por la obra social y no constituía la principal fuente de ingresos de la actora. Por ello, confirmó el rechazo de la acción.

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