MAZZEI, ANTONIO c/ EDESUR S.A. Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y adecuó los intereses conforme a la tasa CER más una tasa pura del 6% anual.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda por despido. Consideró que se configuró una relación laboral entre el actor y EDESUR S.A., aplicando lo dispuesto en los arts. 23, 29 de la LCT y 40 de la Ley 25.877, por lo que condenó solidariamente a ambas demandadas. Además, modificó el criterio de cálculo de intereses, disponiendo la aplicación de la tasa CER más una tasa pura del 6% anual, con una única capitalización a la fecha de notificación de la demanda.
Fundamentos relevantes:
- Analizó la naturaleza jurídica del vínculo entre el actor y la cooperativa, concluyendo que se configuraba un supuesto de fraude a la ley laboral.
- Respecto a los intereses, señaló que la aplicación de las tasas previstas en las Actas CNAT anteriores quedaron desajustadas frente a la inflación, por lo que debía adoptarse un mecanismo que compense a la parte acreedora.
- Fundamentó la aplicación de la tasa CER más 6% anual, en línea con la Resolución de Cámara N° 3/2024, para mantener incólume el crédito.
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