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ARLANDIS, JAVIER ERNESTO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por enfermedad padecida tras contagio de COVID-19. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó parcialmente la decisión de primera instancia, reduciendo el porcentaje de incapacidad psíquica reconocido.

Intereses Indemnizacion Incapacidad fisica Incapacidad psiquica Ley 24 557 Covid 19 Enfermedad profesional Ley 27 348

Indemnización por enfermedad (COVID-19) que le generó incapacidad física y psíquica.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó el reconocimiento de una incapacidad física del 21,55% de la T.O., pero se redujo la incapacidad psíquica al 10% de la T.O.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El perito médico evaluó y concluyó que el actor presenta una Reacción Vivencial Anormal Neurótica Depresiva de grado I y II, que le genera una minusvalía psíquica del 10% de la T.O.
- La Cámara consideró que, al no haberse denunciado la afección psíquica en la instancia administrativa previa, no puede ser acogida en la vía judicial.
- Respecto a los intereses, se aplicará la tasa activa cartera general del Banco Nación, capitalizándose por única vez al momento de la notificación del recurso.

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