RIQUELME, ABEL ANTONIO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo sufrido en la rodilla. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y reconoció una incapacidad adicional por síndrome meniscal.
Reparación por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y reconoció una incapacidad adicional del 8% por síndrome meniscal, con lo que la incapacidad total asciende al 31% de la T.O. El monto de condena se fijó en $904.663,44 con intereses según la tasa CER más 6% anual, con una única capitalización.
Fundamentos relevantes:
- El perito médico determinó incapacidad por síndrome meniscal, que fue desestimada en primera instancia por estar prescripta. La Cámara consideró que dicha patología correspondía al accidente del 27/10/2014 y no a la enfermedad profesional posterior.
- Respecto a la actualización por RIPTE, la Cámara señaló que la ley 26.773 dispuso el reajuste de los importes fijados en 2009, pero no ordenó la actualización periódica de los montos indemnizatorios.
- La Cámara aplicó la tasa CER más 6% anual con una única capitalización, conforme lo resuelto en el Acta CNAT 2783.
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