DIZ, VICTOR CAYETANO c/ URBANO EXPRESS ARGENTINA S.A. s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia respecto al cálculo de la antigüedad y la indemnización por falta de entrega de certificados de trabajo.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda. Respecto al cálculo de la antigüedad, aplicó la doctrina del acuerdo plenario "Couto de Capa" que considera la fecha del acuerdo de prestación como inicio del cómputo posterior a la obtención del beneficio jubilatorio. En cuanto a la indemnización por falta de entrega de certificados de trabajo, la Cámara confirmó que la sola puesta a disposición de los certificados cumplía con la obligación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que la doctrina del acuerdo plenario "Couto de Capa" y su posterior ratificación legal a través de la Ley 27.426 eran aplicables al caso, por lo que correspondía computar la antigüedad desde la fecha del acuerdo de prestación posterior a la jubilación. Respecto a la indemnización por falta de entrega de certificados, el tribunal entendió que la entrega oportuna de los mismos cumplía con lo requerido por el art. 80 LCT.
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