MONDINO, GASTON GABRIEL (4) c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor reclamó indemnización por incapacidad derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y dispuso que el capital nominal de condena devengue intereses hasta su efectivo pago.
Indemnización por incapacidad derivada de accidente de trabajo ocurrido el 23/10/2017
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, disponiendo que al capital nominal de condena se adicionaran intereses conforme lo establecido en el art. 770 inc. b) del Código Civil y Comercial. Además, reguló los honorarios profesionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Ley 27.348 determina la forma y momento de aplicación de los intereses, estableciendo que desde la fecha de la primera manifestación invalidante hasta el momento de la liquidación de la indemnización, el monto del ingreso base devengará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina.
- A partir de la mora en el pago de la indemnización, serán de aplicación las disposiciones del art. 770 inc. b) del Código Civil y Comercial, acumulándose los intereses al capital.
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