GRILLO DEBORA LUZ c/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
El actor promovió demanda por daños derivados de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y aplicó una metodología de cálculo de intereses basada en la variación del índice de precios al consumidor más una tasa de interés puro.
Daños derivados de un accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y dispuso que el monto de condena de $56.153,50 lleve los intereses calculados de acuerdo a la metodología establecida en las Actas N° 2783 y 2784 de la CNAT, esto es, aplicando la tasa CER más una tasa pura del 6% anual.
Fundamentos principales:
- El juez Sudera expone que si bien compartía la motivación del Acta 2764 de intentar evitar la licuación de los créditos laborales, discrepaba con la metodología elegida e interpretación realizada.
- Considera que la variación del índice de precios al consumidor es un parámetro objetivo para establecer la "proporción" de la condena, en línea con lo señalado por la CSJN.
- Entiende que la aplicación de la tasa CER más 6% anual, sin capitalización, no resultaría desproporcionada.
- La jueza García Vior adhiere al voto del Dr. Sudera.
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