ZULETA PEREIRA, VERONICA GRISEL (6) c/ CIRUGIA ENDOVASCULAR S.A. s/DESPIDO
La trabajadora demandó por despido sin causa justa. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que consideró injustificado el despido y ordenó el pago de las indemnizaciones correspondientes.
¿Quién es el actor?
Veronica Grisel Zuleta Pereira
¿A quién se demanda?
Cirugía Endovascular S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por despido sin causa justa
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia que consideró injustificado el despido de la trabajadora y ordenó el pago de las indemnizaciones correspondientes.
Fundamentos principales:
- La demandada no acreditó que los incumplimientos horarios de la trabajadora (llegadas tarde) constituyeran una injuria grave que imposibilitara la continuidad de la relación laboral, conforme lo exige el art. 242 LCT.
- La empresa debió intimar previamente a la trabajadora y darle la oportunidad de modificar su conducta, antes de aplicar la sanción máxima del despido, en virtud de los principios de buena fe y conservación del contrato (arts. 10, 62 y 63 LCT).
- Las sanciones previas aplicadas a la trabajadora carecían de contemporaneidad con el despido, por lo que no justificaban la decisión extrema.
- Se confirma la condena al pago de la indemnización prevista en el art. 2 de la ley 25.323, ante el emplazamiento infructuoso previo al inicio de la demanda.
- Se confirma la condena al pago de la multa del art. 80 LCT, por cuanto la empresa no entregó los certificados de trabajo a la trabajadora.
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