JAIMES, MARIA DOLORES c/ SERVICIOS DIPLOMAT S.A. Y OTROS s/DESPIDO
La actora demandó por despido y accidente laboral, y la Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia para confirmar la condena por despido e imponer la entrega del certificado de trabajo solo a la codemandada Galicia Seguros.
Despido y accidente laboral
¿Qué se resolvió?
- Se confirma el rechazo de la acción por accidente laboral.
- Se confirma la condena por despido indirecto a ambas codemandadas con fundamento en el art. 29 de la LCT.
- Se modifica para establecer que la condena a la entrega del certificado de trabajo recae únicamente sobre Galicia Seguros.
- Se confirman las condenas por diferencias salariales, indemnizaciones por despido y actas 2783 y 2784 CNAT.
- Se confirman los honorarios de la representación letrada y perito médico.
Fundamentos relevantes:
- Las codemandadas no acreditaron la relación contractual alegada ni justificaron la provisión de personal bajo la modalidad adoptada.
- El análisis de la prueba testimonial no favorece a las accionadas, evidenciando la prestación de servicios indistinta por personal de ambas empresas.
- Procede la condena en base al art. 29 LCT por la unidad económica y funcional entre las empresas, la habitualidad y necesidad de los servicios prestados por la actora.
- Corresponde la condena al pago de los rubros previstos en los arts. 80 LCT y 2 ley 25323 por el fraude y desconocimiento del vínculo por parte de las demandadas.
- La entrega del certificado de trabajo sólo corresponde a Galicia Seguros como verdadera empleadora.
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