ALCOBRE , MARIANA c/ FUNDACION CENTRO DE ESTUDOS BRASILEIROS Y OTROS s/DESPIDO
La Embajada de la República Federativa del Brasil apeló la condena al pago de créditos laborales, pero la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia.
Cobro de diversos créditos laborales
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a la Embajada de la República Federativa del Brasil a pagar los créditos laborales reclamados.
Fundamentos principales:
- La Embajada creó y financió a la FUNCEB, donde prestaba servicios la actora, por lo que la Embajada era considerada coempleadora.
- Existe una presunción legal sobre la fecha de ingreso denunciada en la demanda, que no fue desvirtuada.
- Procede la condena por falta de preaviso al no haberse respetado la antelación requerida.
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