IGLESIAS, EDGARDO GABRIEL c/ VOLKSWAGEN ARGENTINA S.A. Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la condena solidaria a la parte demandada, pero rechazó algunos agravios del trabajador.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia de primera instancia, que hizo lugar parcialmente al reclamo del trabajador. Condenó solidariamente a Volkswagen Argentina S.A. al pago de indemnizaciones por despido, deudas salariales, multa del art. 1 Ley 25.323 y multa del art. 80 LCT. Rechazó los agravios del trabajador sobre horas extras y multas de la Ley 24.013. La Cámara consideró que la actividad de ventas realizada por el trabajador era necesaria e inescindible de la actividad principal de Volkswagen, por lo que correspondía la responsabilidad solidaria de esta última conforme al art. 30 LCT. Valoró positivamente los testimonios que acreditaban los hechos invocados por el trabajador. Confirmó los rubros indemnizatorios, salvo los relativos a horas extras y multas de la Ley 24.013 que fueron rechazados.
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