SOTO VARGAS ANA GUILLERMINA c/ CALLAO SUN SOLARIUM S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declara mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la trabajadora contra la sentencia que rechazó su reclamo por despido indirecto.
Despido indirecto, multas de las leyes 24.013 y 25.323
¿Qué se resolvió?
La Cámara declara mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la trabajadora, confirmando el rechazo de la demanda en primera instancia. Ello debido a que el monto recurrido no supera el tope de apelabilidad establecido en el art. 106 de la Ley Orgánica.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El tribunal de alzada tiene la facultad de revisar la admisibilidad del recurso, más allá de lo resuelto en primera instancia.
- El valor recurrido ante la Cámara no alcanza el tope de apelabilidad, que al momento de concederse el recurso era de $780.000.
- En cuanto a los honorarios de la perita contadora apelados, se confirman por ser adecuados.
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