PEREZ, SABRINA NATALIA c/ ZAGRAN S.A. Y OTRO s/DESPIDO
La actora reclamó diversos créditos laborales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia para ajustar la liquidación de los intereses y las certificaciones adeudadas.
Cobro de créditos laborales por despido indirecto
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se modificó el cálculo de los intereses aplicando el CER más un 3% anual sin capitalización. Se ordenó entregar las certificaciones adeudadas. En lo demás, se confirmó la sentencia de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La prueba testimonial acreditó los incumplimientos de la empleadora respecto a la categoría, jornada y remuneración de la actora, justificando el despido indirecto.
- Respecto a los intereses, se aplicará el CER más un 3% anual sin capitalización, siguiendo la doctrina de la CSJN sobre la necesidad de mantener el poder adquisitivo de los créditos laborales ante la inflación.
- Se ordenó la entrega de las certificaciones laborales adeudadas, al no reflejar los datos reales de la relación.
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