RAMIREZ PAPAPIETRO, MAYTE ALEJANDRA c/ CITIBANK NA s/DESPIDO
La actora apeló la sentencia de primera instancia. La Cámara declara mal concedido el recurso de apelación por no superar el monto mínimo exigido por ley.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara declara mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la actora contra la sentencia de primera instancia, por no superar el monto mínimo exigido por ley para ser apelable. Confirma los honorarios regulados a la representación letrada de la actora.
Los principales fundamentos de la decisión son:
- Conforme el art. 106 de la Ley Orgánica, son inapelables las sentencias y resoluciones cuando el valor cuestionado en la alzada no excede las 300 veces el importe del derecho fijo previsto en la ley 23.187.
- En el caso, el monto de la sentencia y la demanda no superaban dicho umbral mínimo a la fecha de concesión del recurso.
- Es criterio de la Sala que para analizar la apelabilidad no corresponde incluir el cálculo de intereses, por ser accesorios de la condena.
- En cuanto a los honorarios, se consideran adecuados al mérito y extensión de las labores desarrolladas.
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