GOMEZ, FRANCO AGUSTIN c/ FEDERACION PATRONAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El trabajador apeló la sentencia que desestimó parcialmente su incapacidad psíquica. La Cámara modificó la decisión y aumentó el porcentaje de incapacidad psicológica reconocido.
Reconocimiento de mayor porcentaje de incapacidad psíquica por accidente laboral.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y estableció que el trabajador tiene una incapacidad psicológica del 5% relacionada con el accidente, más un 0,8% por factores de ponderación, por lo que fijó la incapacidad total en un 10,8%. En consecuencia, aumentó el monto de condena a $1.138.079,79.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que la incapacidad psíquica detectada por el perito médico (10% RVAN II) debe vincularse en un 50% al accidente laboral y un 50% a factores de personalidad del trabajador. Asimismo, entendió que el perito médico fundamentó adecuadamente el nexo causal entre el infortunio y el cuadro psicológico, por lo que su informe resulta prueba idónea para determinar la incapacidad resarcible.
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