LUNA, EDUARDO MARTIN c/ TEJEDURIAS NAIBERGER S.A. Y OTROS s/DESPIDO
Trabajador demandó a empresa por despido injustificado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la condena solidaria a los socios y administradores de la empresa en quiebra por irregularidades laborales y previsionales.
Cobro de créditos laborales por despido injustificado
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la condena solidaria a los socios Carlos Horacio Naiberger y Alicia Ruth Naiberger de Esper por las irregularidades laborales y previsionales de la empresa fallida, específicamente la falta de registro de la real fecha de ingreso del trabajador. Se consideró que los socios y administradores incurrieron en negligencia grave al permitir estas irregularidades, lo que configura un típico fraude laboral.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara consideró que si bien el artículo 54 de la Ley de Sociedades Comerciales no resulta aplicable por no acreditarse una sociedad ficticia o fraudulenta, la responsabilidad solidaria de los socios y administradores surge de los artículos 59 y 274 de dicha ley, ya que a través de sus conductas u omisiones violaron la legislación laboral vigente.
- Se tuvo por acreditada la real fecha de ingreso denunciada por el trabajador (11/05/2005) en base a la rebeldía de los codemandados en la absolución de posiciones y a la presunción del artículo 55 de la LCT.
- Se consideró que los socios y administradores tenían conocimiento de las irregularidades laborales y previsionales, por lo que incurrieron en negligencia grave.
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