SOTO SEPULVEDA, JUAN ENRIQUE c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y redujo el monto indemnizatorio debido a que desestimó parcialmente los agravios de la demandada.
Indemnización por accidente de trabajo (accidente in itinere)
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y fijó el monto indemnizatorio en $ 314.378,80. Desestimó el agravio de la demandada sobre la incapacidad psicológica, pero redujo el porcentaje de incapacidad física del 21,78% de la T.O. La Cámara también modificó la fecha de inicio del cómputo de intereses, estableciéndola desde la fecha del accidente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara consideró que la determinación de la incapacidad física por hernia inguinal realizada por el a quo se encontraba debidamente fundada, rechazando el agravio de la demandada.
- Sin embargo, en relación al daño psicológico, la Cámara entendió que no había fundamento suficiente para atribuirlo al hecho lesivo.
- Respecto a los intereses, la Cámara aplicó el criterio del CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia) más una tasa de interés puro del 3% anual, en línea con lo dispuesto en el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023.
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