FRENDE, MATIAS GASTON c/ COCA COLA FEMSA DE BUENOS AIRES S.A. s/DESPIDO
El trabajador recurrió el despido directo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión de primera instancia y rechazó el recurso interpuesto por el actor.
Impugnación del despido directo
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó el reclamo del trabajador. Los jueces consideraron justificado el despido por irregularidades cometidas por el trabajador en sus funciones de atención del call center, aunque la demandada no acreditó perjuicio económico.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Las pruebas acreditaron que el trabajador había cargado pedidos de clientes ficticios, generando reclamos y perjuicios a la empresa. Estas faltas, aunque no ocasionaron daño económico, constituyeron una grave falta que justificaba el despido.
- Si bien el empleador debe tolerar pequeñas negligencias, no está obligado a perdonar actos dolosos contrarios al deber de colaboración.
- Uno de los jueces disintió y consideró que, si bien las faltas eran graves, el despido resultó desproporcionado y debió aplicarse una sanción menor, ya que la empresa contaba con la posibilidad de encauzar la conducta del trabajador.
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